Ampliación de la duración del permiso de paternidad. Vigor 01-01-2017

De conformidad lo dispuesto en Disposición Final undécima de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016,  con efectos del 1 de enero de 2017 entra en vigor la ampliación del permiso de paternidad.  

Por ello,  en el supuesto de nacimiento de hijos, adopción y  guarda con fines de adopción o acogimiento,   producidos a partir de dicha fecha, el trabajador tendrá derecho al permiso de partenidad por una duración total de 28 días ininterrumpidos  (cuatro semanas).   Para el caso de parto, adopción y guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples, el permiso de paternidad se ampliará en dos días más por cada hijo a partir del segundo.   Para cualquier duda o aclaración al respecto, como siempre quedamos a su disposición.   

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