Intrastat

El Intrastat es una declaración no fiscal, de carácter informativa con fines estadísticos, sobre las mercancías que circulan desde un Estado miembro de la Unión Europea a otro.

Recientemente se ha publicado la Orden HAP/50/2014 en la que se han introducido dos importantes novedades:

  • Se ha aumentado el umbral de exención de la obligación de declarar, pasando de 250.000 € a 400.000 €.
  • La casilla correspondiente al importe del valor estadístico pasa ser de cumplimentación obligatoria. 

Estas novedades son de aplicación para las declaraciones de Intrastat correspondientes a los intercambios intracomunitarios realizados a partir de 1 de enero de 2015.

OBLIGADOS A DECLARAR

Estarán obligados a presentar esta declaración informativa las personas físicas y jurídicas que realicen intercambio de bienes con otros países de la Unión Europea.

IMPORTES QUE DETERMINAN LA OBLIGACIÓN DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN INTRASTAT

  • Por el flujo de introducción (compras)

Los operadores que hayan realizado introducciones intracomunitarias en el año precedente o en el corriente por importe superior a 400.000 €.

  • Por el flujo de expedición (ventas)

Los operadores que hayan realizado expediciones intracomunitarias en el año precedente o en el corriente por importe superior a 400.000 €.

La obligación de presentación opera por separado para ambos flujos.

PERÍODO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Se presentará cada mes durante los doce primeros días naturales del mes siguiente al periodo de declaración desde que se hayan superado los límites indicados anteriormente.

 

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