Modelo 720: ¿Debes declarar tus bienes en el extranjero? Claves, Plazos y Sanciones

DECLARACIÓN INFORMATIVA: Modelo 720: bienes y derechos situados en el extranjero. 

¿Quiénes están obligados a declarar? 

Estarán obligados a presentar esta declaración informativa las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español que dispongan de bienes o derechos situados en el extranjero. 

¿Qué bienes o derechos deben ser declarados? 

Los bienes o derechos que deben ser declarados se dividen en las siguientes categorías o bloques de información: 

  • Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero. 
  • Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero. 
  • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero. 
  • Acciones y participaciones en el capital social o fondo patrimonial de instituciones de inversión colectiva situadas en el extranjero. 
  • Seguros de vida e invalidez cuando la entidad aseguradora se encuentre situada en el extranjero. 
  • Rentas temporales o vitalicias obtenidas como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, de derechos de contenido económico o de bienes muebles o inmuebles, a entidades situadas en el extranjero. 

¿Cuándo existe obligación de presentar el modelo 720?

  • Obligación general: Se debe presentar cuando el conjunto de saldos o valores supere los 50.000 € en cada uno de los bloques de bienes por separado. 
  • Obligación en ejercicios posteriores: Si ya se presentó el modelo 720 en años anteriores, solo será obligatorio en 2024 si:
    • El valor total de cada uno de los bloques de bienes o derechos de cada una de las categorías de bienes individualmente aumenta en más de 20.000 € respecto al importe declarado anteriormente. 
    •  Si se pierde la condición de titular, autorizado o representante de los bienes previamente declarados. 

Personas jurídicas: ¿Cuándo no tienen obligación de presentar el modelo? 

Cuando los bienes o derechos en el extranjero están debidamente registrados en su contabilidad, siempre que: 

  • Figuren de manera individualizada. 
  • Estén totalmente identificados. 

¿Cuándo se debe de presentar? 

El modelo 720 del ejercicio 2024 se presentará hasta el 31 de marzo de 2025. 

Si no se presenta la declaración correctamente, ¿Qué sanciones pueden aplicarse? 

  • Falta de presentación en plazo concurriendo obligación de presentación: Multa fija de 200€. 
  • Presentación fuera de plazo sin requerimiento previo: Sanción de 100€. 
  • Declaración incompleta, inexacta o con datos falsos: Multa fija de 150€.  

Si consideran que deben presentar el modelo 720, rogamos se pongan en contacto con nosotros a la mayor brevedad posible. 

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