Hasta el 20 de abril de 2020 inclusive
(Domiciliación del ingreso hasta el 15 abril)
- Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF – Rendimientos del trabajo y de actividades económicas – Modelo 111 (*)
- Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos – Modelo 115 (*)
- Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses…) – Modelo 123 (*)
- Impuesto sobre el Valor Añadido – Modelo 303 Autoliquidación trimestral
- Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias – Modelo 349 (*)
- Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF no residentes – Modelo 216 (*)
- Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa – Modelo 130 – Declaración trimestral
- Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades:
- Modelo 202 – Régimen general
- Modelo 222 – Consolidación fiscal
Hasta el 30 de abril de 2020 inclusive
(Domiciliación del ingreso hasta el 25/04/2020)
- Impuesto sobre el Valor Añadido – Modelo 303 Autoliquidación mensual
- Impuesto sobre el Valor Añadido – Grupo de entidades. Autoliquidación mensual
- Modelo individual – Modelo 322
- Modelo agregado – Modelo 353
Si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario.
Les recordamos, que como medida extraordinaria por el impacto económico del COVID-19, y tal como detallamos en nuestra anterior circular del 13 de marzo pasado, (para aquellas empresas con volumen operaciones inferior a 6.010.121,04 €), pueden solicitar el aplazamiento en el pago de los impuestos, con un límite total de 30.000 €, durante seis meses, no devengándose intereses durante los tres primeros.
(*) Presentación trimestral o mensual en función de las obligaciones fiscales de cada entidad.