El equilibrio legal del tercer sector

10/10/25

Entre el consumidor y el empresario: el reto jurídico de las entidades sin ánimo de lucro en la Comunidad Valenciana

El tercer sector, integrado por las entidades sin ánimo de lucro, cumple un rol clave en el desarrollo social, tanto a nivel nacional, como autonómico y provincial. Su operativa diaria requiere de un equilibrio legal que les permita actuar con autonomía y eficacia, al tiempo que asegure transparencia y cumplimiento normativo. Mantener este balance es esencial para que estas entidades puedan cumplir su misión sin obstáculos legales innecesarios.

Poe este motivo, las entidades sin ánimo de lucro deben estar atentas a las novedades legislativas. A pesar de que no tengan la consideración de empresa, existen grandes controversias sobre cuándo se asemejan a una empresa y cuándo actúan bajo la condición de usuarios o consumidores. Esta diferencia no es menor ya que determina derechos, obligaciones y responsabilidades muy diferentes según la norma aplicable. 

En España, las entidades sin ánimo de lucro pueden adoptar diversas formas jurídicas (asociaciones, cooperativas, etc.), pero existe una figura con especial relevancia, tanto a nivel nacional como en la Comunidad Valenciana y especialmente en la provincia de Alicante: las fundaciones. 

 El papel de las fundaciones en el tejido social y empresarial

Las fundaciones persiguen fines de interés general, entre los que destacan la defensa de los derechos humanos, la asistencia e inclusión social, la cooperación para el desarrollo, la promoción de la acción social o la defensa del medio ambiente. También desarrollan actividades educativas, culturales, científicas o de fomento del voluntariado y la economía social. 

Son, por tanto, entidades sin ánimo de lucro que ejercen las actividades descritas en sus fines fundacionales, pero que, en la práctica, gestionan servicios, contratan personal, licitan, y se relacionan con la Administración y con proveedores en condiciones muy similares a las de una empresa. 

Los conciertos sociales: colaboración público-social 

En gran parte del territorio nacional, estas entidades tienen una especial relevancia por las actividades que desarrollan. En la Comunidad Valenciana, la normativa se ha modificado en los últimos años para regular los conciertos sociales, instrumentos organizativos de naturaleza no contractual a través de los cuales las administraciones competentes pueden organizar la prestación de servicios sociales mediante entidades de iniciativa social. 

Esto implica que entidades “privadas” —como fundaciones o asociaciones— entren a formar parte del entramado “público” para prestar servicios esenciales, manteniendo cierta financiación, acceso y control público sobre los fondos y servicios que ofrecen en esta modalidad.  

Se trata de un modelo que refuerza la colaboración entre la Administración y el tercer sector, pero que también plantea interrogantes jurídicos y operativos. 

 La dualidad jurídica: consumidor o empresario

El principal reto se encuentra en la diversidad legislativa que afecta a estas entidades. En algunos ámbitos, como el derecho del consumo, pueden ser consideradas consumidoras cuando contratan bienes o servicios ajenos a su actividad principal. Sin embargo, en otras áreas —como la contratación pública, la fiscalidad o las relaciones laborales— se las trata como empresarios o profesionales, con todas las obligaciones que ello conlleva. 

Esta situación genera inseguridad jurídica, especialmente en el marco de los conciertos sociales, donde la naturaleza “no mercantil” de la relación con la Administración contrasta con las exigencias y responsabilidades de carácter empresarial. 

 Conclusión

El reconocimiento del papel social de las fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro no puede desligarse de una necesaria coherencia normativa. Si se pretende consolidar un modelo de colaboración estable entre lo público y lo social, resulta imprescindible dotar a estas entidades de un marco jurídico claro, que reconozca su singularidad y les permita desarrollar su labor sin la incertidumbre de ser consideradas, según el caso, consumidoras o empresarias. 

La Comunidad Valenciana ha avanzado de forma notable en la regulación de los conciertos sociales. El siguiente paso debe ser garantizar un entorno jurídico seguro y coherente que acompañe a las entidades del tercer sector en su contribución al interés general. 

En GSM&B, abordamos el asesoramiento al tercer sector de manera integral. Nuestros equipos de legal, fiscal, laboral y de auditoría trabajan de forma coordinada para ofrecer a fundaciones, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro una visión completa y práctica de su realidad jurídica y económica. Este enfoque multidisciplinar nos permite anticipar riesgos, optimizar recursos y garantizar que cada entidad pueda centrarse en su misión social con plena seguridad y confianza.

Últimas noticias

No se pierda nada.
Suscríbete a nuestra newsletter

Recibe actualizaciones y recursos diseñados especialmente para ti.

Introduce el término de búsqueda, por ejemplo «laboral» o «estrategia»…