Les informamos que, con fecha 1 de septiembre de 2025, ha entrado en funcionamiento a nivel estatal la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), de conformidad con la Orden PJC/908/2025, publicada en el BOE el pasado 12 de agosto de 2025.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, todas las empresas con 50 o más trabajadores están obligadas a contar con un Sistema Interno de Información (canal de denuncias), que permita comunicar infracciones garantizando la confidencialidad y protección del informante. Asimismo, deberán designar un Responsable de dicho Sistema Interno de Información, encargado de su gestión y correcto funcionamiento.
Obligación de notificación a la A.A.I.:
El nombramiento y, en su caso, el cese del Responsable del Sistema Interno de Información —ya sea una persona física o un órgano colegiado (debiendo identificarse, en este último caso, a todos sus integrantes)— deberá ser notificado a la A.A.I. en los siguientes plazos:
- Régimen transitorio: en un plazo de dos meses desde la entrada en funcionamiento de la A.A.I., es decir, hasta el 1 de noviembre de 2025.
- A partir de entonces, las notificaciones deberán realizarse en un plazo máximo de 10 días hábiles desde el nombramiento o cese del Responsable, indicando, en este último caso, los motivos que lo justifican.
A la espera de que la A.A.I. publique el procedimiento oficial para la comunicación del nombramiento o cese del Responsable del Sistema Interno de Información, y tomando como referencia las prácticas ya implantadas por algunas autoridades autonómicas, se recomienda a las empresas anticipar la preparación de la siguiente documentación:
- Certificación del acuerdo o resolución relativa al nombramiento o cese del Responsable del Sistema Interno de Información, emitida por el órgano competente de la entidad.
- Justificación del cese, en caso de que proceda.
Resulta aconsejable mantener esta documentación actualizada y disponible, de modo que pueda presentarse de forma inmediata en cuanto la A.A.I. habilite el canal o plataforma correspondiente para la tramitación de la comunicación.
En GSM&B seguimos de cerca la entrada en vigor de la A.A.I. y ponemos a tu disposición toda la información necesaria para que tu empresa conozca las obligaciones y plazos que implica esta normativa.

