Alternativas ante el próximo vencimiento de la carencia en los créditos ICO

Este verano finalizará el periodo máximo de carencia de 2 años que el Gobierno, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), otorgó a las compañías antes de tener que afrontar la amortización del principal de las ayudas recibidas. Este prolongado periodo en el que las empresas han tenido que hacer frente tan sólo al pago de interés ha dado mucha tranquilidad al sector bancario y a aquellas empresas cuya situación ha sido más delicada como consecuencia del Covid, con largos periodo de inactividad, como es el caso del sector hotelero y turístico, con gran impacto económico en nuestra región.

Pero este periodo de calma puede empezar a cambiar a partir del mes de junio, cuando este periodo de carencia termine y aquellas compañías que realmente tengan dificultades comiencen a pedir quitas u otros mecanismos de reestructuración. Como bien decía Warren Buffett, “cuando baja la marea se ve quien nada desnudo”. En este caso, cuando las empresas tengan que hacer frente al pago de principal y, no sólo a los intereses, es cuando veremos realmente el verdadero problema que tenemos encima.

Un problema, que no se debe minimizar ya que los préstamos firmados para el tejido productivo en este periodo post Covid ascienden a 135.000 millones de € distribuidos en casi 1.15 millones de operaciones. De estos, casi 103.000 millones están avalados por el Estado por lo que el mayor impacto de aquellas operaciones que no lleguen a buen término recaerá en las arcas públicas con un aumento de déficit y necesidad de mayores emisiones de deuda, además por supuesto del impacto en la actividad económica.

Para facilitar este proceso de transición a la normalidad a estas empresas con dificultades y que sean viables, el Gobierno, en negociación con las entidades financieras, aprobó Código de buenas prácticas para la concesión de ayudas ICO a empresas al que se han adherido más de un centenar de entidades financieras.

 El objetivo principal de este código, según el propio ICO, “es el de mejorar la coordinación entre las entidades acreedoras con el fin de ofrecer alternativas a los clientes que tienen en común y cuya situación financiera ha resultado especialmente perjudicada por la pandemia”.

Las alternativas son varias, se podrán solicitar quitas, convertir el crédito con aval público en uno participativo no convertible o solicitar una ampliación del plazo de vencimiento. Esta última alternativa es la que parece que será la que se imponga en la mayoría de los casos y donde las entidades financieras están trabajando más.

Algunas de las condiciones para tener acceso a solicitar una ampliación del plazo de vencimiento son:

–         Que la operación avalada no esté en situación de mora a la fecha de formalización de la extensión.

–         Que la empresa no figure en situación de morosidad en el momento de formalización de la extensión.

–         Que la empresa no esté sujeta a un procedimiento concursal en el momento de formalización de la extensión.

–         Que las operaciones avaladas hayan sido comunicadas al ICO con anterioridad el 13 de marzo de 2021.

–         Que la facturación haya caído un mínimo del 30% en 2020 con respecto a 2019 (si se cumplen los demás requisitos y no se cumple este, la ampliación queda a discreción de cada entidad financiera.

Las medidas acordadas son totalmente necesarias para la subsistencia de muchas compañías que de no ser por el Covid sería totalmente viables, sin embargo, estas medidas no deben enmascaran la situación de otras cuya situación ya era delicada antes de la pandemia y que puede suponer mantener de forma artificial un grupo de empresas zombie que supongan una asignación ineficiente de los recursos públicos.

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