Bonus por baja siniestralidad

Les recordamos que hasta el día 31 de mayo de 2019 podrá solicitar el Bonus por Baja siniestralidad correspondiente al año 2018 si su empresa ha tenido un índice reducido de accidentes de trabajo.

Requisitos:

  • Haber cotizado a la Seguridad Social más de 5.000 euros por contingencias profesionales durante el período de observación (puede ser un período acumulado de, como máximo, cuatro años); o bien haber alcanzado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 250 euros en un período de observación de cuatro ejercicios.
  • No debe haber superado los índices de siniestralidad publicados según su actividad.
  • Encontrarse al corriente de pago de cuotas con la Seguridad Social.
  • Su empresa no puede haber sido sancionada en el período de observación por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o de Seguridad Social.
  • Cumplir las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales fijadas en la normativa.
  • Informar a los delegados de prevención de la solicitud del incentivo.

Cuantía:
La cuantía del incentivo es del 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales de su empresa correspondientes al período de observación. No obstante, si ha efectuado determinadas inversiones en materia de prevención de riesgos laborales (por ejemplo, ha invertido en equipos de protección individual –EPI– que mejoran las condiciones de seguridad y salud), tendrá derecho a un incentivo adicional del 5% de las cuotas por contingencias profesionales, con el límite máximo del importe de dichas inversiones.

Últimas noticias

No se pierda nada.
Suscríbete a nuestra newsletter

Recibe actualizaciones y recursos diseñados especialmente para ti.

Introduce el término de búsqueda, por ejemplo «laboral» o «estrategia»…