La legislación actual dispone que los productos adquiridos en nuestro país tienen una garantía legal general para productos nuevos de 2 años, por lo que, dentro de dicho plazo, los fabricantes de tales productos responden de los desperfectos que adoleciesen tales productos (siempre y cuando no fueran ocasionados por un mal uso del bien).
Además, los fabricantes se ven sometidos a un plazo adicional para aquellos bienes que dejen de fabricar, ya que la legislación actual les obliga a tener piezas para posibles reparaciones durante los 5 años siguientes a los que dejen de fabricar dichos bienes y/o piezas de los mismos.
Sin embargo, a partir del año 2022 y a consecuencia de la trasposición de las Directivas europeas 2019/770 y 2019/771, los reseñados plazos de garantía se amplían pasando a ser de 3 años el plazo de garantía general de los productos nuevos y de 10 años el plazo durante el que se debe tener las piezas disponibles desde que el producto deja de fabricarse.
Además de ello, y como otra novedad reseñable, dentro de estos nuevos plazos, los consumidores podrán solicitar la reparación o la sustitución del producto, a elección de los mismos, cuando hasta ahora esa elección era potestativa para el empresario.
Estos cambios entrarán en vigor el 1 de enero de 2022, por lo que a partir de dicha fecha los consumidores estarán más protegidos.