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Actualizado: 11 de enero de 2026
Cómo se adquiere la condición de Gran Empresa
Las entidades que durante el año natural 2025 superen un volumen de operaciones de 6.010.121,04 euros —calculado conforme a la normativa del IVA— adquirirán la condición de Gran Empresa a efectos tributarios a partir del 1 de enero de 2026.
Este cambio tiene un impacto directo en la forma de relacionarse con la Agencia Tributaria y en las obligaciones fiscales periódicas de la empresa.
Consecuencias de adquirir la condición de Gran Empresa ante la AEAT
La adquisición de la condición de Gran Empresa conlleva las siguientes obligaciones:
Periodicidad mensual en la presentación de declaraciones tributarias periódicas, entre otras:
Modelo 303 (IVA)
Modelo 111 (retenciones)
Modelo 115 (retenciones alquileres)
Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades calculados de forma obligatoria sobre la base imponible del ejercicio en curso.
Obligación de llevar los libros registro del IVA a través del Suministro Inmediato de Información (SII).
Exoneración de la presentación de:
Modelo 347 (Declaración de operaciones con terceras personas)
Modelo 390 (Resumen anual del IVA).
Pérdida de la condición de Gran Empresa
Si el volumen de operaciones del ejercicio 2025 resulta inferior a 6.010.121,04 euros, el contribuyente perderá la condición de Gran Empresa a efectos tributarios a partir del 1 de enero de 2026.
Consecuencias de la pérdida de la condición de Gran Empresa
La pérdida de esta condición implica los siguientes cambios:
Las declaraciones periódicas pasan a ser trimestrales, salvo que la empresa:
Esté inscrita en el Régimen de Devolución Mensual (REDEME), o
Forme parte del Régimen Especial de Grupos de Entidades en IVA.
Los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades se calcularán conforme a la cuota íntegra del último período impositivo declarado, salvo que:
Se opte voluntariamente en el mes de febrero, mediante el modelo 036, por la modalidad basada en la base imponible del ejercicio en curso.
Se pierde la obligación de llevar los libros registro mediante el SII, salvo que:
Se mantenga la inscripción en REDEME,
Se pertenezca a un grupo de entidades, o
Se haya optado voluntariamente por el SII.
Vuelve la obligación de presentar los modelos 347 y 390..
Plazo para comunicar el cambio a la AEAT
Tanto la adquisición como la pérdida de la condición de Gran Empresa deben comunicarse a la AEAT entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2026, mediante la presentación del modelo 036 de declaración censal.
Asesoramiento fiscal para comunicar el cambio correctamente
Si su empresa debe presentar el modelo 036 para comunicar esta modificación, nuestro equipo de asesoramiento fiscal puede encargarse de todo el proceso, revisando su situación y asegurando que la comunicación a la AEAT se realice correctamente y dentro de plazo. Indíquenoslo a la mayor brevedad y lo gestionamos por usted, con la tranquilidad de hacerlo bien desde el primer momento.

