Novedades de la Campaña de la Renta 2023

Obligaciones para autónomos y nuevas deducciones fiscales

La Campaña de la Renta 2023 trae consigo una serie de cambios significativos. A continuación, se detallan algunas de las novedades más importantes para este año:

1.- Se eleva el umbral de la obligación de declarar los rendimientos del trabajo a 15.000€ anuales en los siguientes supuestos:

  • Cuando procedan los rendimientos de más de un pagador.
  • Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades de alimentos[1].
  • Cuando el pagador de los rendimientos no esté obligado a retener.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

2.- Se incrementa la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y el umbral a partir del cual resulta aplicable, minorando dichos rendimientos en las siguientes cuantías:

  • Para rendimientos inferiores a 14.047,50 €: 6.498 € anuales.
  • Para rendimientos comprendidos entre 14.047,50 € y 19.747,50 €: 6.498 € menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,50 € anuales.

3.- Se incrementa a 0,26 € por kilómetro recorrido la cantidad exceptuada de gravamen, destinada por la empresa a compensar los gastos de locomoción del empleado o trabajador. Por lo tanto, no habrán de incluirse entre los rendimientos del trabajo, las cantidades que perciba el trabajador o empleado por este concepto.

4.- Respecto a la deducción por maternidad, se prevé que podrán aplicarse una deducción con importe máximo de 1.200€ anuales[2] por cada hijo, las mujeres con hijos menores que:

  • En el momento del nacimiento perciban una prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
  • En el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • En cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.

5.- Se aprueba un nuevo tramo en la escala del ahorro, aplicable a las rentas obtenidas de determinados rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales.

Base liquidable del ahorro hasta eurosCuota íntegra eurosResto base liquidable del ahorro hasta eurosTipo aplicable porcentaje
006.00019
6.000,001.14044.00021
50.000,0010.380150.00023
200.000,0044.880100.00027
300.000,0071.880En adelante28

[1] Para aquellas anualidades diferentes de las previstas en el art. 7 de la Ley IRPF.

[2] Incompatible con la percepción de cualquiera de los progenitores del complemento de ayuda para la infancia previsto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.

La declaración de la renta es un aspecto crucial de la vida profesional que requiere atención meticulosa y conocimientos especializados. En Gesem, comprendemos la importancia de este proceso y nos comprometemos a ofrecer servicios de consultoría fiscal con un enfoque serio y comprometido.

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