Desde hace unos meses, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) viene facilitado un recurso interesante a los profesionales para las reclamaciones de deudas en nombre de sus clientes. Se trata del denominado Registro de Incidencias e Impagados Judiciales (RIJ) una nueva herramienta para luchar contra la morosidad.
Este procedimiento consiste en un requerimiento de pago mediante un sistema implantado por el CGAE, por el que, en caso de que el deudor no atienda dicho requerimiento, y realizados determinados trámites, se procederá a la notificación al deudor de la inclusión de la deuda en este Registro de Impagados. Este requerimiento podrá llevarse a cabo bien extrajudicialmente o ya iniciado el procedimiento judicial.
Así, se están dando casos en que la sola advertencia de inclusión en el RIJ a través del oportuno requerimiento puede provocar un efecto disuasorio en el deudor, propiciando el pago en un corto espacio de tiempo y evitando o cerrando procedimientos judiciales de reclamaciones de cantidad para no dejar visible la deuda gracias a su publicación en el RIJ.
En el caso de llegar a la reclamación judicial, es importante la colaboración de los juzgados que pueden dictar resoluciones judiciales en las que se comunica al deudor demandado su inclusión en el Registro de Impagados Judiciales.
En definitiva, si bien ningún sistema garantiza de antemano que un deudor acabe pagando lo que debe, resulta positivo que se establezcan procedimientos de presión que puedan llevar a conseguir el cumplimiento de sus obligaciones, y eviten o reduzcan los gastos judiciales y especialmente el tiempo para el cobro.