Nuevo sistema de cotización a la seguridad social en el régimen de trabajadores autónomos y otras novedades de este colectivo

Los Reales Decretos-Ley 13/2022 y 14/2022, vienen a regular un nuevo sistema de cotización a la seguridad social para los trabajadores por cuenta propia o autónomos e introducen mejoras en la protección por cese de actividad para este colectivo. 

La vigencia de esta nueva norma es el día 1 de enero de 2023

Les resumimos las novedades más destacadas: 

  • Nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos. 
  • La cotización de los trabajadores por cuenta propia se establece por tramos, en función de los rendimientos netos anuales del autónomo. 
  • También quedan incluidos dentro de este nuevo sistema de cotización por tramos los autónomos societarios. 
  • Se integran dentro del concepto de rendimientos netos, todos los rendimientos anuales obtenidos por los trabajadores autónomos en el ejercicio de sus actividades económicas. De estos ingresos anuales se deducirán todos los gastos ocasionados en el ejercicio necesario para ello y adicionalmente se le aplicará una deducción del 7% para los autónomos en general y del 3% para los autónomos societarios).   El resultado obtenido será el importe correspondiente a los rendimientos netos y esa será la cantidad determinará la base de cotización a la seguridad social y la cuota del trabajador. 
  • El cálculo de los rendimientos, para en el caso de los autónomos societarios se efectuará según su participación en los fondos propios de la sociedad, en la forma que se determine en el futuro desarrollo reglamentario. 
  • Desde los años 2023 a 2025 se aplicará una tabla compuesta por 15 tramos para cada ejercicio, donde quedará determinada la base de cotización a la seguridad social del autónomo según los rendimientos netos obtenidos. 
  • Los autónomos podrán cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos hasta 6 veces al año, por tanto, las bases elegidas tendrán carácter provisional, ya que al final de cada ejercicio fiscal y una vez conocidos los rendimientos netos anuales definitivos, se regularizarán las cotizaciones, devolviéndose o reclamándose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos obtenido esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones efectuadas durante el año. 
  • Si el trabajador autónomo prevé que en un ejercicio sus rendimientos netos van a ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual, se contempla la posibilidad de elegir base de cotización dentro de una tabla reducida. 
  • Se establece una tarifa plana (cuota bonificada) de 80 euros/mensuales para los nuevos trabajadores autónomos, por una duración de 12 meses, extensibles durante otros doce meses adicionales, siempre y cuando sus   ingresos netos continúen siendo bajos. 
  • La norma prevé mecanismos de colaboración entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la administración tributaria en el caso de que se detecten diferencias con los rendimientos computables a efectos fiscales. 
  • Se regula la cotización para los supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta propia, así como una cotización reducida para los trabajadores con 65 años o más. 
  • La norma contempla que antes del día 1 de enero de 2026, el Gobierno determinará el calendario de aplicación del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, que detallará el despliegue de la escala de tramos de ingresos y bases de cotización del siguiente periodo, con un máximo de seis años. 
  • Cambios en la acción protectora de los trabajadores autónomos o por cuenta propia 
  • Se crea la prestación de cese de actividad parcial del trabajador autónomo, con un régimen de prestaciones diferentes dependiendo de si el autónomo tiene o no trabajadores por cuenta ajena a su cargo. 
  • Se regula expresamente el acceso a la prestación de cese por actividad en el supuesto de cese temporal causado por fuerza mayor. 
  • Aparece una nueva prestación para la sostenibilidad de la actividad de los trabajadores autónomos pertenecientes a un sector de actividad afectado por el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo en su modalidad cíclica. 
  • Se regula la bonificación en la cotización para los trabajadores autónomos beneficiarios de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. 
  • Mantenimiento de bases de cotización. 

De acuerdo a lo estipulado en la Disposición Transitoria Sexta del Real Decreto Ley 13/2022,   aquellos autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieran cotizando por una base superior a la establecida en razón de sus rendimientos  podrán mantener la misma, siendo por tanto  que el último plazo para cambiar las bases de cotización,  si se quiere optar por ello, es el próximo  30 de septiembre de 2022. 

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