Novedades de la Campaña de la Renta 2023

Obligaciones para autónomos y nuevas deducciones fiscales

La Campaña de la Renta 2023 trae consigo una serie de cambios significativos. A continuación, se detallan algunas de las novedades más importantes para este año:

1.- Se eleva el umbral de la obligación de declarar los rendimientos del trabajo a 15.000€ anuales en los siguientes supuestos:

  • Cuando procedan los rendimientos de más de un pagador.
  • Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades de alimentos[1].
  • Cuando el pagador de los rendimientos no esté obligado a retener.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

2.- Se incrementa la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y el umbral a partir del cual resulta aplicable, minorando dichos rendimientos en las siguientes cuantías:

  • Para rendimientos inferiores a 14.047,50 €: 6.498 € anuales.
  • Para rendimientos comprendidos entre 14.047,50 € y 19.747,50 €: 6.498 € menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,50 € anuales.

3.- Se incrementa a 0,26 € por kilómetro recorrido la cantidad exceptuada de gravamen, destinada por la empresa a compensar los gastos de locomoción del empleado o trabajador. Por lo tanto, no habrán de incluirse entre los rendimientos del trabajo, las cantidades que perciba el trabajador o empleado por este concepto.

4.- Respecto a la deducción por maternidad, se prevé que podrán aplicarse una deducción con importe máximo de 1.200€ anuales[2] por cada hijo, las mujeres con hijos menores que:

  • En el momento del nacimiento perciban una prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
  • En el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • En cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.

5.- Se aprueba un nuevo tramo en la escala del ahorro, aplicable a las rentas obtenidas de determinados rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales.

Base liquidable del ahorro hasta eurosCuota íntegra eurosResto base liquidable del ahorro hasta eurosTipo aplicable porcentaje
006.00019
6.000,001.14044.00021
50.000,0010.380150.00023
200.000,0044.880100.00027
300.000,0071.880En adelante28

La declaración de la renta es un aspecto crucial de la vida profesional que requiere atención meticulosa y conocimientos especializados. En Gesem, comprendemos la importancia de este proceso y nos comprometemos a ofrecer servicios de asesoría fiscal con un enfoque serio y comprometido.

 

[1] Para aquellas anualidades diferentes de las previstas en el art. 7 de la Ley IRPF.

[2] Incompatible con la percepción de cualquiera de los progenitores del complemento de ayuda para la infancia previsto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.

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