Modelo 848 del IAE: quién debe presentarlo y plazo

El modelo 848 sirve para comunicar a la Agencia Tributaria el importe neto de la cifra de negocios a efectos del impuesto sobre actividades económicas (IAE) cuando ese dato no consta en la declaración del Impuesto sobre Sociedades. Lo presentan sobre todo las sociedades que forman parte de un grupo, y el plazo vence cada año el 14 de febrero. Explicamos quién está obligado y cómo se calcula la cifra; si necesitas ayuda, nuestro equipo de asesoría fiscal puede revisarlo contigo.

Para qué sirve el modelo 848

La cifra de negocios determina dos cosas en el IAE: si la empresa está exenta, porque no alcanza 1.000.000 de euros, y qué coeficiente de ponderación se aplica a su cuota si tributa (artículos 82.1.c) y 86 del TRLRHL). Normalmente la Administración obtiene ese dato del Impuesto sobre Sociedades. Cuando no consta en esa declaración, o no coincide con la cifra relevante para el IAE, como ocurre en los grupos, la empresa debe comunicarlo mediante el modelo 848.

Quién debe presentar el modelo 848

El modelo 848 sirve para comunicar a la Agencia Tributaria el importe neto de la cifra de negocios a efectos del impuesto sobre actividades económicas (IAE) cuando ese dato no consta en la declaración del Impuesto sobre Sociedades. Lo presentan sobre todo las sociedades que forman parte de un grupo, y el plazo vence cada año el 14 de febrero. Explicamos quién está obligado y cómo se calcula la cifra; si necesitas ayuda, nuestro equipo de asesoría fiscal puede revisarlo contigo.

Para qué sirve el modelo 848

La cifra de negocios determina dos cosas en el IAE: si la empresa está exenta, porque no alcanza 1.000.000 de euros, y qué coeficiente de ponderación se aplica a su cuota si tributa (artículos 82.1.c) y 86 del TRLRHL). Normalmente la Administración obtiene ese dato del Impuesto sobre Sociedades. Cuando no consta en esa declaración, o no coincide con la cifra relevante para el IAE, como ocurre en los grupos, la empresa debe comunicarlo mediante el modelo 848.

Quién debe presentar el modelo 848

Según la Orden HAC/85/2003, de 23 de enero, deben presentarlo los sujetos pasivos que no están exentos del IAE por su cifra de negocios y que no la han consignado en su declaración del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de No Residentes o en la declaración informativa correspondiente. Los casos más habituales son:

  • Sociedades que forman parte de un grupo, cuando la cifra de negocios del conjunto del grupo es igual o superior a 1.000.000 de euros.
  • No residentes con más de un establecimiento permanente en España, que deben comunicar la cifra del conjunto de sus establecimientos.
  • Otras entidades que no hayan declarado su cifra de negocios en ninguna de las declaraciones anteriores.

Qué se considera grupo de sociedades

A estos efectos, existe grupo cuando una sociedad tiene o puede tener, directa o indirectamente, el control de otra u otras, en los términos del artículo 42 del Código de Comercio. Se presume que hay control cuando la sociedad dominante:

  • Posee la mayoría de los derechos de voto.
  • Puede nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
  • Dispone de la mayoría de los votos gracias a acuerdos con otros socios.
  • Ha designado con sus votos a la mayoría de los administradores.

Quién no tiene que presentarlo

Quedan exonerados:

  • Las entidades exentas del IAE por tener una cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
  • Quienes ya consignaron su cifra de negocios en la declaración del Impuesto sobre Sociedades, del IRNR o en la declaración informativa correspondiente.
  • Los no residentes que operan en España sin establecimiento permanente.

Qué cifra de negocios se comunica

Se comunica la cifra de negocios del periodo impositivo cuya declaración del Impuesto sobre Sociedades se presentó el año anterior. En los grupos, es la del conjunto de las entidades del grupo. Si el periodo fue inferior a un año, la cifra se eleva al año.

Por ejemplo, en la campaña de 2027 se comunica la cifra de negocios del ejercicio 2025, cuya declaración del Impuesto sobre Sociedades se presentó en 2026.

Plazo de presentación del modelo 848

El modelo 848 se presenta ante la Agencia Tributaria entre el 1 de enero y el 14 de febrero, ambos incluidos, del año en que la comunicación debe surtir efecto en el IAE. Tiene relación directa con el alta o la baja por exención, que se comunica en diciembre con el modelo 840.

Qué revisar antes del 14 de febrero

Si tu sociedad forma parte de un grupo, conviene comprobar al inicio de cada año la cifra de negocios conjunta del último ejercicio declarado. Superar el umbral de 1.000.000 de euros a nivel de grupo puede hacer que una sociedad que individualmente estaría exenta tenga que tributar por el IAE, y la falta de comunicación puede dar lugar a regularizaciones posteriores.

En GSM&B revisamos la estructura de grupo, calculamos la cifra de negocios relevante y tramitamos el modelo 848 y las altas y bajas del IAE. Para un asesoramiento personalizado, consulta nuestro servicio de asesoría fiscal.

Últimas noticias

No se pierda nada.
Suscríbete a nuestra newsletter

Recibe actualizaciones y recursos diseñados especialmente para ti.

Introduce el término de búsqueda, por ejemplo «laboral» o «estrategia»…