Recordatorio de las principales autoliquidaciones y declaraciones informativas

En este artículo encontrará un recordatorio de las principales autoliquidaciones y declaraciones informativas que tendrá que presentar próximamente: 

Hasta el 21 de julio de 2025 inclusive 

(Domiciliación del ingreso hasta el 16/07/2025) 

  • Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF – Rendimientos del trabajo y de actividades económicas – Modelo 111 (1) 
  • Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos – Modelo 115 (1) 
  • Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses…) – Modelo 123 (1) 
  • Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa – Modelo 130 – Declaración trimestral 
  • Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF no residentes – Modelo 216  (1) 
  • Impuesto sobre el Valor Añadido – Modelo 303 Autoliquidación trimestral 
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias – Modelo 349 (3) 
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables: 

Hasta el 25 de julio de 2025 inclusive  

 Domiciliación del ingreso hasta el 22/07/2025. 

  • Impuesto sobre Sociedades – Modelo 200 / 220 – Declaración anual (2) 

Hasta el 30 de julio de 2025 inclusive 

Domiciliación del ingreso hasta el 25/7/2025. 

  • Impuesto sobre el Valor Añadido – Modelo 303 Autoliquidación mensual 
  • Impuesto sobre el Valor Añadido – Grupo de entidades. Autoliquidación mensual 

Hasta el 31 de julio de 2025 inclusive 

  • Modelo 369 – Declaración del 2º trimestre de 2025 para aquellas entidades que realicen ventas a   distancia (UE) a personas que no tengan la condición de sujeto pasivo. Este modelo no admite domiciliación del pago. 
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias. (1) 

Si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario. 

(1) Presentación trimestral o mensual en función de las obligaciones fiscales de cada entidad. 

(2) Entidades cuyo periodo impositivo coincida con el año natural. 

(3) La presentación del modelo 349 correspondiente a julio 2025 se podrá presentar hasta el día 22 de septiembre de 2025. 

El ejercicio 2025 traerá consigo importantes modificaciones en el ámbito tributario, afectando tanto a la fiscalidad indirecta como a la imposición sobre la renta y las sociedades. Descubre en el siguiente artículo las claves fiscales que están marcando el 2025.

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