Solicitud de días sin notificaciones electrónicas durante las vacaciones

Una adecuada planificación fiscal no solo implica cumplir correctamente con las obligaciones tributarias, sino también controlar los plazos y comunicaciones remitidas por las Administraciones públicas. Por este motivo, desde el área de asesoría Fiscal de GSM&B recomendamos revisar el buzón electrónico antes del periodo vacacional y, cuando sea necesario, solicitar los denominados días de cortesía.

Ante la proximidad de las vacaciones estivales, les recordamos que los contribuyentes incluidos en el sistema de notificaciones electrónicas pueden indicar determinados días en los que no desean que se pongan nuevas notificaciones a su disposición, con un límite máximo de 30 días naturales por año.

A continuación, detallamos el procedimiento para solicitar estos días tanto ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria —AEAT— como ante la Agencia Tributaria Valenciana —ATV—.

Solicitud ante la AEAT

Para seleccionar los días en los que no desea recibir notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria, deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  2. Entrar en el apartado «Área personal».
  3. Seleccionar «Mis notificaciones» y, posteriormente, «Todas las gestiones».
  4. Dentro del apartado «Suscripción, solicitudes y otras consultas», acceder a la opción:

    «Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada».

  5. Seleccionar en el calendario los días correspondientes y confirmar la solicitud.

Solicitud ante la Agencia Tributaria Valenciana

Para solicitar los días sin notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria Valenciana, deberá acceder al trámite habilitado por la Generalitat Valenciana y seguir estos pasos:

  1. Acceder al trámite de Censo y notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria Valenciana.
  2. Pulsar en «Comenzar».
  3. Entrar en el Formulario del censo de notificación electrónica.
  4. Identificar a la persona o entidad solicitante.
  5. Seleccionar como acción «Modificación».
  6. Cumplimentar el formulario, indicar los días elegidos y proceder a su presentación.

En el portal de la Generalitat Valenciana puede consultarse información adicional sobre el censo y las notificaciones electrónicas relativas a las actuaciones y procedimientos de la Agencia Tributaria Valenciana.

Plazo para solicitar los días

Los días en los que no se pondrán a disposición nuevas notificaciones electrónicas deberán solicitarse con una antelación mínima de siete días naturales respecto al primer día en el que se desee que la solicitud produzca efectos. Por este motivo, es recomendable realizar el trámite con suficiente antelación al inicio de las vacaciones y comprobar que los días seleccionados han quedado correctamente registrados.

Consecuencias de no consultar el buzón electrónico

La falta de acceso al buzón electrónico no impide que las notificaciones produzcan efectos legales.

Cuando transcurren diez días naturales desde que una notificación ha sido puesta a disposición sin que se haya accedido a su contenido, esta se entiende rechazada. A partir de ese momento comienzan a computarse los plazos correspondientes, aunque el destinatario no haya leído la comunicación.

Esta circunstancia puede provocar, por ejemplo, que una liquidación tributaria adquiera firmeza por haber transcurrido el plazo para presentar alegaciones, interponer un recurso o formular una reclamación. En ese caso, podría perderse la posibilidad de impugnarla, incluso cuando la liquidación contuviera algún error.

Además, la falta de atención de las notificaciones puede dar lugar a la imposición de sanciones y, cuando se trate de liquidaciones acompañadas de carta de pago, al devengo de intereses de demora o recargos.

Recomendación final

La solicitud de días sin notificaciones es una medida preventiva especialmente útil durante los periodos vacacionales, pero no supone la suspensión de los procedimientos tributarios ni de los plazos que ya se encuentren en curso. Tampoco afecta a las notificaciones que hayan sido puestas a disposición con anterioridad al comienzo del periodo seleccionado.

Desde el área de Asesoría Fiscal de GSM&B recomendamos planificar estos días con antelación, revisar previamente los buzones electrónicos y mantener un seguimiento adecuado de las comunicaciones tributarias. Una correcta gestión de las notificaciones permite evitar vencimientos, recargos, sanciones y la pérdida de oportunidades para presentar alegaciones o recursos dentro de plazo.

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