La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, conocida como Ley Crea y Crece, se publicó en el BOE el 29 de septiembre de 2022 y entró en vigor el 19 de octubre de ese año. Su objetivo es facilitar la creación de empresas, agilizar su constitución y favorecer su crecimiento. Para ello modifica, entre otras normas, la Ley de Sociedades de Capital. Casi cuatro años después, la ley sigue plenamente vigente. Algunas de sus medidas se aplican desde 2022, mientras que otras, como la factura electrónica obligatoria entre empresas, están completando ahora su desarrollo. Repasamos qué supone cada una y en qué punto se encuentra.
Constituir una sociedad limitada con 1 euro de capital
La novedad más conocida de la Ley Crea y Crece es la reducción del capital social mínimo de la sociedad de responsabilidad limitada, que pasó de 3.000 euros a 1 euro. La medida abarata la constitución y permite a los socios fijar el capital según las necesidades reales del proyecto.
Para proteger a los acreedores, mientras el capital no alcance los 3.000 euros se aplican dos reglas específicas.
- Reserva legal reforzada. La sociedad debe destinar a reserva legal al menos el 20 % del beneficio hasta que la suma de la reserva legal y el capital social alcance 3.000 euros.
- Responsabilidad solidaria de los socios en liquidación. En caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio social no basta para pagar las deudas, los socios responden solidariamente de la diferencia entre 3.000 euros y el capital suscrito.
La reforma suprimió además el régimen de formación sucesiva, que hasta entonces permitía constituir una sociedad limitada por debajo del capital mínimo con determinadas limitaciones.
Constituir una sociedad con 1 euro es posible, pero no siempre es lo más adecuado. La cifra de capital transmite solvencia a entidades financieras, proveedores y clientes. También condiciona la capacidad de la sociedad para afrontar sus primeros gastos. Conviene fijarla en función del plan de negocio y de la financiación prevista, con el apoyo de una asesoría jurídica para empresas.
Constitución telemática: CIRCE, DUE y Puntos de Atención al Emprendedor
La ley impulsa la tramitación telemática a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) y del Documento Único Electrónico (DUE). Los notarios y los intermediarios que asesoren en la creación de sociedades limitadas están obligados a informar a los fundadores de las ventajas de utilizar los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el CIRCE. Por esta vía se puede tramitar tanto la constitución como otros trámites ligados al inicio de la actividad.
Para las sociedades limitadas que no utilizan estatutos tipo, la ley prevé una escritura pública con formato estandarizado y acorta los plazos de inscripción registral. Así se reduce el tiempo que transcurre entre la decisión de emprender y el inicio efectivo de la actividad. Si estás valorando lanzar un nuevo proyecto, en GSM&B te acompañamos desde la consultoría para startups hasta la puesta en marcha.
Factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales: situación actual
El artículo 12 de la Ley Crea y Crece extiende la obligación de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas a todas las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales. Su finalidad principal es combatir la morosidad: el sistema permitirá conocer con exactitud cuándo se emite cada factura y cuándo se paga.
El desarrollo reglamentario se aprobó mediante el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026. La obligación, sin embargo, no será exigible hasta que entre en vigor la orden ministerial que regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria. A partir de esa fecha se aplicarán dos plazos:
- 12 meses para empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones haya superado 8 millones de euros en el año natural anterior.
- 24 meses para el resto de empresarios y profesionales.
El proyecto de Orden Ministerial que regula la solución pública de facturación electrónica fue sometido a información pública en 2026 para completar el desarrollo del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo. A fecha de hoy, el texto definitivo continúa pendiente de aprobación y publicación en el BOE.
El borrador prevé su entrada en vigor el 1 de octubre de 2026, fecha a partir de la cual comenzarían a computarse los plazos transitorios previstos para la implantación obligatoria de la factura electrónica entre empresarios y profesionales. No obstante, hasta la publicación definitiva de la Orden Ministerial en el BOE, esta fecha debe considerarse una previsión.
Analizamos los requisitos técnicos y el régimen transitorio en nuestro artículo sobre la factura electrónica obligatoria para empresas y profesionales. Recuerda que se trata de una obligación distinta de VERI*FACTU, aunque ambas afectan a los sistemas de facturación. Nuestro equipo de asesoría fiscal puede ayudarte a planificar la adaptación.
Otras medidas de la ley: morosidad y financiación participativa
La Ley Crea y Crece incorpora también otras medidas.
- Lucha contra la morosidad. Para obtener subvenciones públicas de importe superior a 30.000 euros, la empresa debe acreditar que cumple los plazos legales de pago a sus proveedores. La ley crea además el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada.
- Plataformas de financiación participativa (crowdfunding). La ley adaptó su régimen jurídico al reglamento europeo en la materia. Este capítulo entró en vigor el 10 de noviembre de 2022.
Conclusión
La Ley 18/2022 sigue vigente y sus efectos se aplican en dos tiempos. Las medidas societarias ya forman parte del día a día: el capital mínimo de 1 euro, la reserva legal reforzada y la tramitación telemática. La factura electrónica B2B, en cambio, está a punto de iniciar su cuenta atrás. Quien vaya a constituir una sociedad debería decidir la cifra de capital con criterio financiero, no solo por el ahorro inicial. Las empresas que ya operan deberían revisar desde ahora sus sistemas de facturación y sus plazos de pago, porque ambos serán objeto de control. En GSM&B combinamos asesoría jurídica, fiscal y contable para acompañarte en ambos procesos.

